¿Cómo funciona el proceso en Capital Cell?

Para que tu inversión en una startup española sea deducible tienes que ser socio directo en la empresa (tanto para deducciones estatales como autonómicas). Dado que sois muchos inversores, nos vemos obligados, para asegurar la buena gobernabilidad de las empresa, a pedirte que firmes unos poderes ante notario a favor de Capital Cell. De esta manera, nosotros representaremos a todos los inversores y aseguraremos el cumplimiento de todos los trámites societarios que hagan falta.

El proceso a seguir es el siguiente:

  1. Invierte en una ronda que permita la deducción
  2. Elige “Inversión directa” y completa el proceso
  3. Recibe las instrucciones por email. Además cuando la ronda llegue al 80% te avisaremos para que vayas al notario.
  4. Firma el Poder Especial ante notario (coste: 55-120€ a pagar por cada inversor en la notaría)

Desde Capital Cell ya hemos contactado con varias notarías en las que podrás fácilmente pedir cita, decir que vienes de parte de Capital Cell e indicarles los datos de la empresa en la que inviertes – con eso ya tendrán tu documento preparado. Puedes consultar la lista de notarías aquí. 

Si quieres gestionarlo en otra notaría de tu elección deberás:

  1. Una vez completada la ampliación de capital, la empresa confirmará a qué año podrás aplicar la deducción. A principios de ese año informará a Hacienda mediante el modelo 165 de los socios que han invertido  y te enviará un certificado acreditativo de tu inversión. De esta manera la deducción aparecerá en el borrador de tu declaración de la renta.

¿Por qué tengo que firmar el poder e invertir más de 3.000€?

La mayoría de nuestras rondas de inversión se hacen a través de un vehículo de inversión que agrupa a todos los inversores. Esta es una práctica habitual en las rondas de crowdfunding ya que la entrada de muchos inversores directos complica la gobernabilidad de la empresa y puede incluso representar un bloqueo para la futura entrada de grandes inversores (fondos de inversión, etc…). La parte negativa es que inexplicablemente la normativa española no permite entonces aplicar la deducción fiscal, aunque la empresa cumpla con los requisitos legales.

La mayoría de empresas de Biotecnología se niegan a permitir la inversión directa, ya que en este sector es bien sabido que tener muchos socios directos puede bloquear la futura entrada de fondos de inversión. Pero dado que la ley de 2022 aumentó la desgravación hasta el 50%, una cifra demasiado jugosa como para renunciar a ella, pedimos a las empresas elegibles para desgravación que permitan la inversión directa en la empresa, siempre que el inversor firme un poder notarial para evitar esos problemas de bloqueo.

Además, por eficacia y sentido práctico, la inversión mínima para permitir la entrada directa es de 3.000 euros.

Deducción Estatal

Con la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (también llamada ‘Ley de Startups’), aumenta la deducción por inversión en startups en España del 30 al 50%. 

Aquí te explicamos cómo aprovechar la gran ventaja que aporta esta deducción, para aumentar el rendimiento de tus inversiones con Capital Cell.

Para poder aplicarte la deducción fiscal del 50%, hay que tener en cuenta estos requisitos:

¿A la inversión de qué empresas es aplicable?

La ley define lo que son empresas emergentes, y será el organismo estatal ENISA (Empresa Nacional de Innovación, S.A.) el que evalúe que se cumplen los requisitos para ser considerada “emergente”. Así, hablaremos de empresas que ya poseen o que están tramitando el ‘Sello ENISA’.

Los requisitos para ser considerada empresa emergente son:

Listado ENISA de empresas certificadas: Enlace

Además del Sello ENISA, este requisito adicional:

Deducciones Autonómicas

Madrid

Enlace Agencia tributaria España

Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación

El límite de 6.000 euros anuales.

El límite de 12.000 euros anuales.

Requisitos

Cataluña

Enlace Agencia tributaria Cataluña

Enlace Agencia tributaria España

Por inversión por un ángel inversor para la adquisición de acciones o participaciones sociales

Límite de 6.000 euros.

Límite de 12.000 euros

Requisitos: